Tomás Burgos, el secretario de Estado de la Seguridad Social, ha afirmado en varias oportunidades, de forma textual “Tenemos que extremar el seguimiento y control de los procesos que derivan en prestaciones del sistema”, bajo este contexto, se han impuesto algunas medidas para proteger a los trabajadores y que al mismo tiempo, enfatizan en lo eficaz que se debe tornar la gestión de la incapacidad temporal (IT).
Prontamente, las novedades siguientes verán la luz del día:
- Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado – Año 2014
Crea una serie de medidas enfocadas a que la gestión de la incapacidad temporal sea mucho más eficiente, algunas de las medidas más importantes son:
+ Claridad total en cuanto a la definición legal del término colaboración obligatoria de las empresas en lo atinente al abono del subsidio de incapacidad temporal, principalmente enfocado a los datos que deben suministrar y a las comunicaciones que deben llevar a cabo. Se tendrán en cuenta factores como la edad, ocupación y patología del trabajador en la periodicidad de los partes de confirmación de las bajas.
+ Modificaciones específicas en la forma de regular la extinción y duración de la incapacidad temporal, reformas a través de las cuales se busca hacer claridad en lo atinente a determinados supuestos incorporados en el régimen de prestaciones vigente en la actualidad.
+ En lo relacionado a la incapacidad permanente, la novedad más importante es que se eliminará el requerimiento de que se produzca alta médica con el fin de proceder a calificar tal situación.